El Código de Desarrollo de Tierras de Hillsborough regula la instalación de cercas en el Condado de Hillsborough, Florida. Estas regulaciones imponen restricciones sobre la altura, construcción y colocación de cercas en propiedades residenciales.
Caracteristicas
Las cercas de privacidad en el condado de Hillsborough, Florida, deben ser consistentes con la apariencia general del vecindario. Las cercas de privacidad de madera no pueden contener nada diseñado para infligir dolor o lesiones a humanos o animales, como alambre de púas o cercas electrónicas.
Restricciones
El lado terminado de la cerca de madera debe mirar hacia afuera en áreas visibles desde la carretera. Los patios traseros y laterales están exentos de esta regla. Las vigas y postes de soporte deben colocarse en el lado inacabado de la cerca.
Altura
Las cercas de privacidad de madera no pueden exceder los cuatro pies de altura en el patio delantero. Se hacen excepciones para las cercas que rodean las estructuras de servicios públicos y las áreas que requieren cercas de seis pies para la detección. Las cercas laterales y del patio trasero no pueden exceder los seis pies. Los residentes que colocan una cerca de privacidad en lotes de esquina deben mantener la altura de la cerca a seis pies o menos.